D ivorcio civil
Se celebran dos clases de matrimonios, el civil, que es el legalmente aprobado por la ley de los Estados, y el religioso, es el consagrado por las distintas religiones. En el caso de la religión católica, el matrimonio se considera indisoluble.
Divorcio civil, es el divorcio legal, el que está contemplado en la legislación vigente.
El divorcio civil, es la disolución del vínculo matrimonial que fuera establecido de acuerdo al marco legal, y por el cual, cesan los derechos y obligaciones que los cónyuges se deben recíprocamente, quedando estos en libertad de contraer nuevamente matrimonio.
Estos derechos y obligaciones no cesan respecto de los hijos, pues el lazo que existe con ellos es de consanguineidad.
La religión católica, considera el matrimonio católico, como un sacramento, y como tal, consagrado por la voluntad de Dios.
La Iglesia no posee la autoridad para anular la voluntad de Dios, y el matrimonio se considera disuelto, únicamente en caso de muerte de uno de los cónyuges o de ambos. En tal caso, el cónyuge sobreviviente, quedaría en libertad de volver a contraer matrimonio.
|